Algunas actividades que deben contar con planes de autoprotección:
-Espectáculos públicos y actividades recreativas:
-Espectáculos públicos y actividades recreativas:
- Espacios cerrados con capacidad igual o superior a 2.000 personas
- Instalaciones cerradas desmontables o de temporada con aforo igual o superior a 2.000 personas
- Aire libre capacidad igual o superior a 20.000 personas
- Deben de tener un plan de autoprotección con una disponibilidad de 200 camas, una altura de evacuación igual o superior a 28m de altura y una ocupación de igual o superior a 2.000 personas.
-Actividades docentes:
- En sus planes de autoprotección deben de tener establecimientos de uso docente destinados a personas con discapacidad físicas o psíquicas o a otras personas que no pueden realizar una evacuación por sus propios medios con la misma disponibilidad de las actividades sanitarias respecto a la altura y la ocupación de las personas.
- Deben de tener establecimientos plan de autoprotección las residencias y los centros de día públicos destinados a personas mayores, a personas con discapacidad físicas o psíquicas o a otras personas que no pueden realizar una evacuación por sus propios medios. Y respecto a la altura y ocupación de personas y de altura como las anteriores.
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